DE LA JUNTA DE GOBIERNO
La Junta de Gobierno es el órgano de dirección y administración de la Hermandad y, en cuanto tal, le corresponde resolver todos los asuntos relacionados con estas funciones, de acuerdo, en todo
caso, con las normas previstas en estos Estatutos y con las directrices dictadas por el Cabildo General.
- En caso de urgencia deberá adoptar, bajo su responsabilidad, las medidas que sean necesarias para el mejor cumplimiento de los fines de la Hermandad, dando cuenta inmediata al Cabildo, para
su ratificación, si los acuerdos o medidas exceden de sus competencias.
COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO
La Junta de Gobierno estará compuesta por los siguientes cargos:
a) Hermano Mayor.
b) Teniente Hermano Mayor.
c) Secretario.
d) Fiscal
e) Tesorero
f) Albacea General
g) Vicesecretario, Vicetesorero,
- Vocales: Vocal de culto, Vocal de Procesión, Vocal Casa Hermandad, Vocal de Caridad, Vocal Cronista Archivo Historia, Vocal Formación, Vocal Juventud, Vocal Obras Culturales, Vocal Protocolo
y Relaciones Publicas.
- Todos los miembros de la Junta de Gobierno asistirán a sus sesiones con voz y voto.
Reglas 54 y 55.